Los bienes inmateriales son creaciones de la mente humana que mediante los medios adecuados se hace perceptible para ser utilizados en relaciones sociales y que por su importancia económica, merecen de una tutela jurídica especial.Los derechos de propiedad industrial se recogen así en un documento justificativo que acredita una protección (salvo en el caso de marcas notorias no registradas o diseños industriales notorios no registrados, que son «notoriamente» conocidos en el sector por los profesionales, y pese a su no registro, ya gozan de protección en este sentido).Podemos decir que los rasgos esenciales de un derecho de propiedad industrial es conceder un derecho de explotación exclusiva de carácter temporal sobre un bien inmaterial, adquiriéndose generalmente mediante el registro, aunque como siempre, hay excepciones, como las marcas notorias o diseños industriales no registrados. Conceptos propios al sector agrícola y similares. Las obtenciones vegetales, que se refieren a las mutaciones, semi-mutaciones, alteraciones genéticas, etc.Las patentes, que se identifican más con fórmulas o medios de obtención de productos o servicios.Los diseños industriales, que se identifican con las marcas y diseños, muy comunes por ejemplo en el mundo de la moda.Por otra parte, en los artículos 276 y 277 del CP se recogen los subtipos agravados de este tipo penal y un supuesto muy especial, el de « revelación de patente secreta», que supone una protección del interés nacional en la salvaguarda de secretos e invenciones relacionados con la defensa nacional.Įn materia de propiedad industrial distinguimos así los siguientes elementos a tener en cuenta, que iremos describiendo: Las denominaciones de origen e indicaciones geográficas (art.Las invenciones y las creaciones industriales (art.27o CP – Relativo a la propiedad intelectual). Las obras artísticas, literarias, cinematográficas, videojuegos, etc.❼uál es el objeto material de estos delitos? ¿Qué elementos protegen penalmente? Podemos decir que hay cuatro grupos, recogidos en los primeros artículos de este título: 276 CP se recoge el tipo agravado especial. En el 275 CP se regulan las vulneraciones contra las denominaciones de origen.274 CP se recogen los delitos contra los signos distintivos y las obtenciones vegetales. 273 y 277 CP se recogen los delitos contra los diseños y topografías de semiconductores. 273 a 277 CP se recoge la protección penal a la propiedad industrial. 272 el relativo a la responsabilidad civil. 270 el tipo básico y el conjunto de conductas tipificadas, el art. 270 a 273 CP se recoge la protección penal a la propiedad intelectual. Son importantes a este efecto los siguientes artículos y su contenido: 270 a 277 de nuestro actual Código Penal.Įn un primer apunte, podemos decir que en materia de propiedad industrial la infracción y la responsabilidad son generalmente objetivas, no requiriéndose dolo o culpabilidad del sujeto activo salvo en contadas ocasiones, dado que los elementos subjetivos quedan a veces (como en esta ocasión) en un segundo plano. Los delitos contra la propiedad industrial se regulan en el Capítulo XI del Código Penal, sobre los delitos relativos a la propiedad intelectual e industrial, al mercado y a los consumidores en concreto en los arts. Introducción a los delitos contra la propiedad industrial.